Regulación y control de la contaminación visual por cableado aéreo en desuso en la Comuna 14: Marco normativo y ordenamiento del tendido urbano
El desarrollo de la red de telecomunicaciones y servicios de transmisión de datos ha generado una acumulación crítica de infraestructura aérea en la Comuna 14. En los corredores residenciales de Palermo Chico, las zonas consolidadas de Palermo Soho y Hollywood, y sobre los ejes de mayor densidad edilicia como las avenidas Santa Fe, Las Heras y Coronel Díaz, se observa una maraña desordenada de cables suspendidos en los postes de soporte y sobre los frentes de los inmuebles. Gran parte de esta red corresponde a tendidos obsoletos, en desuso o instalados de forma clandestina por prestadoras que omiten el retiro de la infraestructura en desuso al discontinuar el servicio, generando un impacto severo en el paisaje urbano y riesgos concretos para la seguridad física.
La gestión del espacio aéreo y el ordenamiento de los tendidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están regulados por la Ley 1.877, sus decretos reglamentarios y el Código de Edificación. La legislación establece con claridad que las empresas prestatarias de servicios de tecnologías de la información, televisión por cable y telefonía son legal y financieramente responsables del mantenimiento, emprolijamiento y retiro de todo cableado que haya quedado fuera de servicio. Asimismo, la normativa prohíbe el tendido de líneas aéreas que crucen las calzadas por fuera de las trazas autorizadas o sin respetar las alturas mínimas de gálibo reguladas para permitir el tránsito irrestricto de vehículos de gran porte y de emergencias.
Desde una perspectiva técnica y operacional, la acumulación descontrolada de cables en desuso representa un factor de riesgo en múltiples niveles. El sobrepeso no calculado sobre los postes de alumbrado público y arbolado urbano puede derivar en el colapso de las estructuras durante eventos meteorológicos con fuertes ráfagas de viento. Por otro lado, los cables que cuelgan a baja altura por falta de tensión constituyen un obstáculo peligroso para el tránsito peatonal y ciclístico, además de interferir con el normal crecimiento del arbolado público y dificultar las tareas de poda programada. En el aspecto urbano-ambiental, el desorden aéreo degrada el patrimonio arquitectónico de los barrios históricos de la comuna y vulnera el derecho a un entorno visualmente ordenado.
La resolución de esta problemática en la Comuna 14 requiere la instrumentación de un plan sistemático de descontaminación visual coordinado entre la comuna, el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y el Ente de Mantenimiento Urbano. Es indispensable Intimar de manera perentoria a las empresas de telecomunicaciones para que ejecuten el retiro efectivo del cableado obsoleto y el emprolijamiento de las cruzadas aéreas. Ante el incumplimiento de los plazos legales, la autoridad de aplicación debe proceder a la remoción de oficio a costa de las empresas infractoras y la aplicación de las sanciones correspondientes, garantizando un espacio público seguro y visualmente despejado.



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