Novedades judiciales en el caso Payne: cinco personas procesadas y dos con medida cautelar de prisión
La causa por la trágica muerte del exintegrante de One Direction Liam Payne en un hotel de Palermo, dentro de la Comuna 14, sumó novedades importantes en la Justicia. La titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°34, Laura Bruniard, decidió procesar a cinco personas vinculadas al caso, dictando además embargos de hasta cincuenta millones de pesos y la prohibición de salir del país.
Todo el proceso judicial se ancla en la investigación inicial llevada adelante por el fiscal Andrés Esteban Madrea, a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°14. En base a ese trabajo, la magistrada avanzó sobre los distintos implicados, dividiendo las responsabilidades según el grado de participación que tuvieron en los trágicos hechos ocurridos en el establecimiento hotelero porteño.
Por un lado, la Justicia procesó a R.L.N., quien acompañaba a Payne durante su estadía en la Ciudad de Buenos Aires con el objetivo de conseguir nuevamente su visa estadounidense; a la gerenta del hotel, G.A.M.; y al jefe de recepción del lugar, E.R.G. A los tres los encontró culpables como autores de homicidio culposo, un delito contemplado en el artículo 84 del Código Penal que prevé penas de uno a cinco años de prisión para quien cause una muerte por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos. A este grupo, la jueza les trabó un embargo de 50 millones de pesos a cada uno, según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
Por otro lado, la situación judicial complicó a otros dos implicados: el empleado del hotel E.D.P. y un camarero al que el músico conoció en Puerto Madero, cuyas iniciales son B.N.P. En este caso, ambos quedaron procesados por el delito de suministro de estupefacientes, tipificado en el artículo 5 inciso “e” de la Ley N°23.737, que fija penas de cuatro a quince años de prisión. Para ellos, la magistrada ordenó la prisión preventiva y les impuso embargos por cinco millones de pesos cada uno.
Vale destacar que en el caso de R.L.N., el acompañante del artista durante su viaje, hubo una diferencia respecto a la calificación penal inicial que había pedido el fiscal Madrea en su requerimiento de indagatoria. En su momento, el fiscal lo había imputado por delitos más graves, como abandono de persona seguido de muerte —con penas de cinco a quince años de prisión según el artículo 106 del Código Penal— en calidad de autor y en concurso ideal con el suministro y facilitación de estupefacientes.
Finalmente, al fundamentar los motivos del trágico desenlace, la jueza explicitó su hipótesis sobre cómo sucedieron los hechos en la habitación del hotel de Palermo. Según sostuvo en la resolución, Payne no se desvaneció al caer al vacío, sino que, en medio de un estado de intoxicación por policonsumo, quiso salir de la estancia a través del balcón y así se precipitó. En ese sentido, la magistrada remarcó que los forenses dieron cuenta de que el músico no perdió el equilibrio, sino que su intención de irse por el balcón del lugar donde lo habían dejado fue lo que provocó directamente la caída.


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